Grupo Accion Local Calatayud Aranda  
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SOLICITUD DE AYUDAS LEADER 2007-2013
 

cOFINANCIADAS AL 50% POR LA UNIÓN EUROPEA Y EL GOBIERNO DE ARAGÓN –DEPARTAMENTO DE AGRICULTURA

 

 

¿QUE TIPO DE AYUDA?

¿DONDE SOLICITARLA?

¿CUANDO?

¿A QUIEN SE DIRIGEN?

¿QUE TIPO DE ACTUACIONES?

¿COMO EFECTUAR LA SOLICITUD?

 

 


 
 

 

DOCUMENTACIÓN

Desde aquí pulsando sobre el icono podrá descargarse la documentación que deberá acompañar a la solicitud.

Impreso de solicitud

Guia del Pormotor

Documentación necesaria

Declaración de mínimis

Compromiso de creación de empleo


 
 
  Para visualizar los documentos necesita Acrobat Reader. Puede conseguirlo pulsando en la imagen  
 
 

 

QUÉ TIPO DE AYUDAS SE OTORGAN

UN PORCENTAJE DE LA INVERSIÓN A FONDO PERDIDO VARIABLE SEGÚN EL TIPO DE PROYECTO

 

DÓNDE SE SOLICITAN

 

En Las oficinas de ADRI Calatayud - Aranda

 

 

CUÁNDO

 

Hasta el 31 de Diciembre de 2013

 

QUIÉN PUEDE SOLICITARLAS

 

Quiénes se propongan desarrollar una actividad subvencionable en cualquier localidad de la Comarca Comunidad de Calatayud y de la Comarca del Aranda  y sean:

  • Personas físicas que sean empresarios individuales o vayan a serlo a través del proyecto presentado. En este último caso, deberán acreditar su alta en el epígrafe correspondiente con anterioridad a la certificación de finalización de las inversiones.
  • Sociedades Mercantiles, Sociedades Agrarias de Transformación, Cooperativas, Sociedades Laborales y cualquier otra entidad, asociativa o societaria, con personalidad jurídica recogida en la legislación vigente.
  • Comunidades de Bienes u otras entidades de tipo comunal, que, aún careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo las inversiones o actividades que motivan la concesión de la subvención. En estos casos, los comuneros nombrarán un representante o apoderado único y, en documento que se incorporará al expediente, manifestarán sus respectivas participaciones en la cosa común y asumirán su responsabilidad solidaria en las obligaciones derivadas del expediente.
  • Asociaciones o Fundaciones de carácter preferentemente local, que carezcan de fines lucrativos en los términos previstos en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo

Los titulares de los proyectos deberán cumplir todos y cada uno de los siguientes  requisitos y obligaciones para obtener la condición de beneficiario:

  • Ejecutar el proyecto localizado en la zona de aplicación del programa comarcal o relacionado directamente con la misma en términos de desarrollo. Ejecutar el proyecto aprobado en el lugar previsto en el expediente, salvo que el grupo autorice a petición razonada del promotor, un cambio de ubicación, en todo caso dentro del territorio de actuación del G.A.L. y con la adecuación del proyecto en lo que resulte necesario.
  • No estar incursos en alguna de las circunstancias establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003.
  • Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Mantener el destino de la inversión auxiliada, los gastos objeto de ayuda y el nivel de empleo previsto al menos, durante cinco años posteriores a la certificación de finalización de inversiones.
  • En el caso de ser empresa para las medidas 123 y 312, deben ser microempresa, en los términos previstos en la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003, sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (2003/361/CE), que define a una microempresa como una empresa que:
    • ocupa a menos de 10 personas
    • y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros
  • Debe prestar colaboración y apoyo al G.A.L., al Departamento de Agricultura del Gobierno de Aragón, a la Intervención general de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, a la Comisión de las Comunidades Europeas y a los órganos de control comunitarios, nacionales o regionales. Estando obligados a aportar y facilitar la información que se considere necesaria.
  • Publicitar el proyecto auxiliado de acuerdo con las características de la inversión.

 

 

 

PARA QUÉ SE PUEDE SOLICITAR AYUDA:

 

            No podrán ser objeto de subvención las actividades ya realizadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de subvención.

            Son subvencionables por la ayuda LEADER las actividades reseñadas a continuación y desglosadas por ejes y medidas de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 1698/2005:

 

 

 

MEDIDA 111: ACCIONES RELATIVAS A LA INFORMACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL

Beneficiarios de la medida

Agricultores, ganaderos y profesionales del sector agrario, silvícola y agroalimentario de Aragón y emprendedores en el ámbito de la valorización de productos agrarios.

Las entidades que proporcionarán las actividades de formación e información serán los Grupos de Acción Local, directamente, o a través de proyectos propuestos y desarrollados por entidades sin ánimo de lucro, con capacidad para ese fin, que reciban la aprobación y financiación de los Grupos.

 

Actividades Auxiliables

Las actividades de formación se pueden llevar a cabo con las siguientes actuaciones:

    • Cursos
    • Seminarios
    • Visitas técnicas
    • Sesiones de información
    • Talleres
    • Otras actividades formativas que contribuyan a los objetivos de la medida

 

 

MEDIDA 123: AUMENTO DEL VALOR AÑADIDO DE LOS PRODUCTOS AGRÍCOLAS Y FORESTALES

BENEFICIARIOS
La titularidad de proyectos encuadrados en esta medida está limitada a las microempresas agroalimentarias de zonas rurales –menos de 10 trabajadores y de 2 millones de euros de volumen de negocio-   que contribuirán aumento del valor añadido de las producciones locales.

      Actividades auxiliables y condiciones

      Esta ayuda se concederá a inversiones materiales o inmateriales que:

  • Se destinen a crear, mejorar o ampliar microempresas agroalimentarias, incluida la producción artesana de productos de calidad en el ámbito de actuación de los Grupos.
  • afecten:

 

    • a la transformación y/o comercialización de los productos enumerados en el anexo I del Tratado, excepto los productos de la pesca, y los productos forestales, y/o
    • el desarrollo de nuevos productos, procesos y tecnologías relacionados con productos incluidos en el anexo I del Tratado, excepto los productos de la pesca y los productos forestales.
  • y cumplan las normas comunitarias aplicables a las inversiones de que se trate.

 

 

MEDIDA 311: DIVERSICACIÓN HACIA ACTIVIDADES NO AGRÍCOLAS

 

El titular del proyecto será un “miembro de la unidad familiar de la explotación” que realice actividades agrícolas en la explotación agrícola en el momento en que se presente la solicitud de ayuda.

Actividades auxiliables

Va destinada a actividades y servicios no agrícolas con el objetivo de aumentar o mantener la renta de las familias agrícolas y/o de sus miembros.

Se apoyan las siguientes categorías de actividades no agrícolas:

  • de servicios: alojamiento, educación y sociales en la explotación agrícola…..
  • artesanales: alfarería, producción de productos locales
  • comerciales: venta directa al consumidor y creación de un almacén donde ellos mismos hacen productos. Las actividades comerciales podrán incluir, aunque no exclusivamente, productos agrícolas.

 

 

MEDIDA 312: AYUDA A LA CREACIÓN Y DESARROLLO DE MICROEMPRESAS
     

Titulares de proyectos

Microempresas dedicadas a actividades no agrícolas –menos de 10 trabajadores y de 2 millones de euros de volumen de negocio-, pudiendo ser la titularidad de persona física o jurídica, e incluyéndose las comunidades de bienes.

 

Actividades auxiliables

Las actividades objeto de ayuda serán realizadas por microempresas y tendrán un ámbito no agrícola, porque este tipo de actividad está incluido en el eje 1.

Las microempresas dedicadas a algunas de las siguientes actividades no agrícolas:

  • producción
  • artesanía
  • comercialización
  • y servicios

 

Cuando sean empresas de servicios cuyo mercado principal lo constituyan la población de la localidad en la que se ubican, se limitan los beneficiarios en función del número de licencias de actividad existentes en la localidad para el mismo sector.

 

MEDIDA 313: FOMENTO DE ACTIVIDADES TURÍSTICAS

 

Titulares del proyecto

Serán personas físicas y jurídicas (incluidas las comunidades de bienes) que realicen los proyectos en la zona de actuación del programa de desarrollo local.

 

Actividades auxiliables

Estas ayudas están destinadas a cubrir:

  • Infraestructuras a pequeña escala como centros de información o señalización de lugares turísticos
  • Infraestructuras recreativas como las que dan a acceso a zonas naturales.
  • Alojamiento de capacidad reducida destinado al turismo rural. Se entenderá por alojamiento de capacidad reducida:
    • Viviendas de turismo rural: máximo de 12 plazas.
    • Otros alojamientos (excluidos albergues y campings): máximo 40 plazas (no habitaciones).

 

  • El desarrollo y/o la comercialización de servicios relacionados con el turismo rural.

 

MEDIDA 321: SERVICIOS BÁSICOS PARA LA ECONOMÍA Y POBLACIÓN RURAL

Titulares de los proyectos

Los promotores de estos servicios, cuyos beneficiarios últimos sean los habitantes de las áreas rurales, podrán ser: entidades locales, asociaciones sin ánimo de lucro y entidades cuyo fin sea la promoción de los servicios elegibles.

 

Actividades auxiliables

La ayuda cubrirá la implantación de servicios básicos, incluidas las actividades culturales y de esparcimiento y las correspondientes infraestructuras a pequeña escala, que tengan actuación en núcleos de población o grupo de núcleos en zonas rurales.
Los servicios básicos son:

  • Acceso a nuevas tecnologías de información y comunicación.
  • Puntos de información dirigidos a la población local.
  • Servicios sociales: guarderías, residencias de tercera edad, atención domiciliaria, teleasistencia, servicios de compañía, etc…
  • Servicios culturales y de ocio: bibliotecas, publicaciones (sólo aquellas que proporcionen un servicio informativo y/o cultural para la población rural), webs, instalaciones deportivas …
  • Servicios económicos: mercados, básculas públicas, transporte…

 

MEDIDA 323: CONSERVACIÓN Y MEJORA DEL PATRIMONIO RURAL

Titulares de proyectos

Podrán ser titulares de los proyectos en esta medida, cuyos beneficiarios últimos son los habitantes de las zonas rurales,  personas físicas y jurídicas.

Actividades y proyectos auxiliables

 Estas ayudas están destinadas a apoyar:

  • Inversiones relacionadas con el mantenimiento, la restauración y la mejora del patrimonio natural y con el desarrollo de parajes de alto valor natural
  • Acciones para la conservación, la restauración o la mejora del medio natural en conexión con la conservación del patrimonio rural
  • Acciones de concienciación y sensibilización ambiental destinadas a la integración de la conservación del patrimonio natural como elemento transversal en el resto de los sectores de actividad del medio rural
  • Estudios aplicados a la mejora de las acciones de conservación y restauración del medio natural, así como a la minimización de impactos provocados por actividades desarrolladas en el medio rural. Estos estudios estarán orientados a realizar de forma más eficaz las inversiones en mantenimiento, restauración y mejora del patrimonio natural.
  • Estudios e inversiones relativos al mantenimiento, la restauración y la mejora del patrimonio cultural tal como los rasgos culturales de las poblaciones o del paisaje rural
  • Acciones de concienciación y de promoción del patrimonio cultural destinadas a la integración de la conservación del mismo como elemento transversal en el resto de los sectores de actividad del medio rural

 

 

MEDIDA 331: FORMACIÓN E INFORMACIÓN PARA LOS AGENTES ECÓNOMICOS QUE ACTÚAN EN LOS ÁMBITOS CUBIERTOS POR EL EJE 3

 Titulares de proyectos

Los beneficiarios últimos son  los agentes económicos y los emprendedores, de las zonas rurales. Siendo las actividades organizadas, gestionadas y liquidadas por entidades con capacidad suficiente que lo soliciten o por los GAL.

 Actividades y proyectos auxiliables

 Las actividades podrán cubrir  temas técnicos, económicos, de gestión y organización empresarial, en particular asociativa, y aquellos otros que contribuyan a asegurar o mejorar la eficacia de los interesados en su ámbito de actuación.

En particular podrán incluir formación:

-     en habilidades de las TIC

  • de personas que se inician en micronegocios de zonas rurales,
  • en habilidades rurales tradicionales que incidan en la demanda del turismo, ocio, servicios medioambientales y productos de calidad,
  • de agricultores que diversifican sus actividades en no agrícolas.

En la ayuda no se incluyen clases o planes de formación que formen parte de los programas o sistemas educativos normales de nivel de enseñanza secundaria o superior.

 

 

CÓMO EFECTUAR LA SOLICITUD

Completando el modelo de solicitud de ayuda que se puede descargar en esta misma página y acompañando los documentos que también se señalan.
Se puede presentar personalmente o por correo en nuestras oficinas.

 

Para trámites sucesivos y más detalles puede consultarse  la guía del promotor que aparece en esta misma página.

 

 

      GALCAR. Teléfono: 976 887207 Fax: 976887215